¿MAL CONTABILIZADO IGUAL A NO DEDUCIBLE?
Cuando realizamos operaciones propias del negocio consideramos que con tener el soporte documental, el cheque o transferencia que ampare el pago de una erogación realizada por la empresa, y que efectivamente se materializo el servicio y se cuenta con el soporte documental, es suficiente para poder hacer deducible una erogación.
Sin embargo, dentro de los requisitos de las deducciones, existe uno que no tiene que ver con un requisito de forma de los comprobante, este requisito pudiera ser causa de no hacer deducible algunos conceptos.
Nos referimos al requisito establecido en el artículo 27 fracción IV, de la LISR, que manifiesta que las deducciones autorizadas deben Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas una sola vez.
De este requisito de las deducciones, se desprende la importancia de llevar una contabilidad de acuerdo a lo establecido en las Normas de Información Financiera (NIF).
El realizar un debido registro en contabilidad, es dar cumplimiento a las normas de información financiera, llevar el registro y control en libros, guardar todos los elementos que forman la contabilidad, y no solo limitarnos a recuperar la factura y hacer el registro en el sistema como mejor nos parezca, ya que un mal registro puede provocar que la partida sea considerada no deducible.
Se ha establecido el mito, de que solo las empresas grandes están obligadas a llevar una contabilidad de acuerdo a las NIF, cuando “esto no es cierto”, ya que la de acuerdo a la jerarquía de leyes se debe cumplir con las disposiciones legales aplicables vigentes, y estas a su vez, establecen quienes son las personas física y morales obligadas a llevar contabilidad.
Por simplicidad, se contabilizan todas las partidas que amparan operaciones en que nos dan crédito, a proveedores o acreedores de manera indiscriminada, o se registra toda una partida en que otorgamos crédito y está en la misma cuenta de deudores y clientes, cuando las NIF estableces el porqué de la separación de esas cuentas.
Otras operaciones que suelen registrarse incorrectamente es cuando no optamos siquiera por tener separado el inventario, no reconocemos costos y gastos, no reconocemos el costo por venta de activo fijo, el ingreso total por venta de activo fijo, no se lleva un control de la depreciación contable, etc.
Estos malas prácticas en el registro contable pueden ser por:
- Falta de conocimiento.
- Carga de trabajo.
- Simplicidad de las operaciones de la empresa.
Sin considerar el daño económico que estamos causando a las personas que nos pagan por el registro de una contabilidad al no cuidar todos los aspectos que marcan las normas de información financiera.
Se debe tener precaución no solo con verificar que los comprobantes cumplan con los requisitos fiscales sino también, cerciorarnos que realmente se cubran todos los requisitos de deducibilidad establecidos por la misma ley.
CONCLUSIÓN
Ante la presente oleada de modificaciones a las leyes fiscales, debemos tratar de blindar a los contribuyentes en todos los aspectos, y uno de ellos es darle mayor importancia a las repercusiones fiscales de no llevar una contabilidad como lo establecen las normas de información financiera. ¿Usted tiene gastos o deducciones?
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