LA MATERIALIDAD Y LAS
OPERACIONES INEXISTENTES
Un
pilar dentro de la organización de todo estado es la recaudación de impuestos;
es por ello que nuestra Carta Magna
establece en su artículo 31 fracción IV como obligación el contribuir para los
gastos públicos. Buscando lograr este objetivo, y ante el abuso de prácticas
insanas, la autoridad ha ido regulando cada vez más, dentro del ámbito fiscal,
el actuar de los contribuyentes.
A
través del tiempo han sido implementados métodos para que el Estado pueda
cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones tributarias del gobernado. Uno
de estos métodos es el ejercicio de las facultades de comprobación otorgadas y
reguladas por el Código Fiscal de la Federación; entre otras, la realización de
visitas domiciliarias, las cuales actualmente se vienen suscitando con dos
objetivos:
