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viernes, 24 de abril de 2015

PLAZOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN SOLICITADA POR LA AUTORIDAD.

Hoy en día es cada vez más común que la autoridad a fin de comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, decida hacer uso de las facultades de revisión que le otorga la ley.

Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, estarán facultadas para:



viernes, 16 de enero de 2015

LA MATERIALIDAD Y LAS OPERACIONES INEXISTENTES




Ilustracion 3.1
INTRODUCCIÓN

Un pilar dentro de la organización de todo estado es la recaudación de impuestos; es por ello que  nuestra Carta Magna establece en su artículo 31 fracción IV como obligación el contribuir para los gastos públicos. Buscando lograr este objetivo, y ante el abuso de prácticas insanas, la autoridad ha ido regulando cada vez más, dentro del ámbito fiscal, el actuar de los contribuyentes.

A través del tiempo han sido implementados métodos para que el Estado pueda cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones tributarias del gobernado. Uno de estos métodos es el ejercicio de las facultades de comprobación otorgadas y reguladas por el Código Fiscal de la Federación; entre otras, la realización de visitas domiciliarias, las cuales actualmente se vienen suscitando con dos objetivos: