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martes, 28 de abril de 2015

DEDUCIBILIDAD DE LA  PREVISIÓN SOCIAL



Como ya es conocido, la Reforma Fiscal Publicada el 11 de diciembre de 2013 incluyó temas de relevancia como es la deducibilidad de la Previsión Social, lo cual trae consigo modificaciones a diversas leyes como lo son; Código Fiscal de la Federación, Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores y Resolución Miscelánea para 2014, asimismo tiene un impacto en materia de Seguridad Social.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta, así como su reglamento establecen los requisitos para poder hacerla deducible la previsión social, estableciendo como principales requisitos los siguientes:

viernes, 20 de marzo de 2015

DEDUCCIÓN DE INVERSIONES


En el estado de posición financiera se plasma un rubro denominado “Activo no circulante” el cual representa los bienes de la empresa de naturaleza fija, en este rubro se registra las adquisiciones, ventas y depreciación de los activos fijos de la empresa, como pueden ser; automóviles, maquinaria, computadoras, edificios,  herramientas, equipos especializados, etc.


viernes, 20 de febrero de 2015




¿MAL CONTABILIZADO IGUAL A NO DEDUCIBLE?




Cuando realizamos operaciones propias del negocio consideramos que con tener el soporte documental, el cheque o transferencia que ampare el pago de una erogación realizada por la empresa, y que efectivamente se materializo el servicio y se cuenta con el soporte documental, es suficiente para poder hacer deducible una erogación. 


Sin embargo, dentro de los requisitos de las deducciones, existe uno que no tiene que ver con un requisito de forma de los comprobante, este requisito pudiera ser causa de no hacer deducible algunos conceptos.